DÍAS DE DESCANSO

¿Cuánto deben pagarte si trabajas el 1 de mayo, Día del Trabajo en México?

La LFT señala como día de descanso obligatorio el próximo jueves 1 de mayo, en donde establece que tu patrón deberá pagarte más en caso de hacerte trabajar.
sábado, 26 de abril de 2025 · 08:05

Cada 1° de mayo en México y en varios países se conmemora el Día del Trabajo, como un recordatorio de que la lucha por los derechos laborales sigue en pie, pues aunque se ha avanzado mucho, aún existe muchísima desigualdad. Por ello, el calendario lo contempla como un día de descanso obligatorio y, el no respetarlo, implica que te paguen más esta fecha.

Un poco de contexto sobre este día: en 1913, obreros organizados realizaron una manifestación para exigirle al presidente de entonces, Victoriano Huerta,  jornadas de trabajo de 8 horas. Aunque en su momento no ocurrió mucho, fue casi una década después que Plutarco Elías Calles lo estableció como un día festivo oficial, con el objetivo de reconocer la lucha de los trabajadores por trabajos más dignos.

¿Qué dice la Ley Federal del Trabajo sobre el 1 de mayo?

De acuerdo con el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), el 1 de mayo es considerado por la ley como uno de los días de descanso obligatorio. Mientras que el artículo 75 explica que:

"En los casos del artículo anterior los trabajadores y los patrones determinarán el número de trabajadores que deban prestar sus servicios. Si no se llega a un convenio, resolverá el Tribunal (Párrafo reformado DOF 01-05-2019). Los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado". 

Cómo calcular el pago doble si trabajas el 1 de mayo
Créditos: STPS.

¿Cuánto debes recibir si trabajas el 1 de mayo?

Si te hacen trabajar el 1° de mayo, tendrías que recibir el pago doble de ese día. Además, si este día cae en domingo, el patrón "deberá de cubrirle al  trabajador(a) el pago de la prima dominical que marca el artículo 71 de la LFT el cual señala: Las y los trabajadores que presten servicio en día domingo tendrán derecho a una prima adicional de un veinticinco por ciento, por lo menos, sobre el salario de los días ordinarios de trabajo", como indica la LFT.

En este caso, el trabajador estaría recibiendo un pago triple: su salario común + el salario extra por trabajar en día festivo + la prima dominical.

Recuerda que, a diferencia de otros días feriados oficiales y obligatorios, el 1° de mayo, conmemorado por ser el Día del Trabajo, no se recorre ni a lunes ni a viernes, por lo que debe tomarse en el día de la semana que caiga, sin importar cuál sea.

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